Acondicionamiento de la nueva alhóndiga para la venta de pescado. 1587



         Muchos de mis lectores son también seguidores de mi grupo de Facebook donde aporto información menor, episódica y avisos que no tienen cabida en un artículo. Mi estilo ya de por si desestructurado no precisa de incluir información personal en las entradas, sería una puerta abierta a un caos si cabe mayor. Sin embargo en este caso antes de introducir las transcripciones que siguen, me permitiréis que recuerde, para quienes no tienen acceso al grupo, que durante el próximo mes las entradas en el blog se reducirán drásticamente,  pues estamos de mudanzas. Espero que terminado julio todo torne a la normalidad.
         En este caso el tema que tratares no nos es desconocido, de nuevo incidimos en la evolución de nuestra alhóndiga. Hemos visto como en la década de los 80 del S. XVI, el concejo se interesa por adquirir ciertos solares colindantes para poder en ellos instalar la fonda que funcionaría como valor añadido de la casa de granos. Además se inician las obras de reforma integral del edificio que terminarán con un resultado similar al que hoy podemos ver, una fachada limpia, con tres luces por planta, que descansa sobre tres columnas toscanas.
         Sobre la obra hablaremos con más detenimiento en próximas entradas, ahora me interesa incidir en el uso multidisciplinar que al conjunto siempre se le había dado. Las alhóndigas en todo el territorio estatal habían sido desde la plena edad media, depósitos de granos donde se preservaba el abastecimiento de cereal de la ciudad. En algunas, los edificios, sobre todo a partir del S. XVI, habían ganado en estética consistorial, engalanándome con escudos y símbolos similares.



Alhondiga de Zamora. S. XVI

         Siempre dependiendo de las posibilidades y el tráfico de mercancías de cada ciudad la alhóndiga pasaba de ser un simple almacén sin ningún elemento distintivo, a un edificio noble. Mondoñedo reforma su alhóndiga a finales de este siglo, manteniendo sus usos, incluso los que eran menos habituales.
         La tendencia de tratarla casi como centro comercial había estado siempre presente desde su aparición a principios del siglo anterior. En su interior no sólo se pesaban los granos que luego se venderían en el mercado cada jueves, si no que se ofrecían los pesos para uso particular a modo de control durante toda la semana y se disponían los pescaderos para que pudiesen guardar sus mercancías bajo llave de un día para otro.
         En 1587 se adaptan las nuevas instalaciones para este uso, pues parece ser que las obras de reforma lo habían ignorado generando cierto conflicto entre los pescaderos y los regidores. Estas tres entradas, que se conservan en un legajo de facturas y libranzas[1], nos ilustran sobre este particular, incluyendo la requisitoria al alcalde ordinario Gonzalo Díaz de Rigoyos  para que abriese la alhóndiga y permitiese la entrada de pescado, como la instalación de una biga de madera por parte del carpintero Fernán Pérez encargado de las obras de reforma, donde colgar el género.

Pero Maseda procurador desta çiudad digo que vuesa merçed mando a / Vasco Lopez de Bibero alguacil maior deste obispado fuese azer / libre la casa de la alhondiga desta çiudad para que en ella / pudiesen libremente pesar el pescado e yendo allo / que Gonzalo Diaz de Rigoios la tenia zerrada y aunque el / rrequerio le entregase la llabe no lo quiso azer co / mo deste requerimiento consta de que ago presentación / porque a vuesa merçed pido mande que luego sea puesto / en la carzel el dicho Gonzalo Diaz azta que entregue la dicha / llabe y se desenbaraze y dexe libre la dicha / alhondiga y pido justizia e costas y lo pido por mandamiento //


En la çiudad de Mondoñedo a diez e seis dias del mes de / otubre de mill e quinientos y ochenta y siete años por ante mi escribano Vasco / Lopez de Bibero alguacil maior deste obispado dixo que pedia a my / escrivano le diese por fee e testimonio en como en cumplimiento delo que / le hera mandado por el dotor Barahona corregidor deste obispado / benia a la casa de la alfonega desta çiudad para el efeto / de la azer libre y desenbarazalla para que en ella / se pueda bender y pesar el pescado como hes uso e / costumbre y para el efeto que fue hecha y la a / llola çerrada y tenia la llabe della Gonzalo Diaz de Rigoyos / alcalde hordinario que prestaba por tanto de parte y en nonbre / del dicho corregidor y de requerimiento de Pedro Mazeda procurador / general pedia e requería como por muchas bezes pe / dio e rrequerio al dicho Gonzalo Diaz de Rigoyos abriese o manda / se abrir la dicha alfondiga o le diese las llabes / della para abrir y desocupar como por el / dicho corregidor le hera mandado el qual aunque yo escribano / le ensine el dicho requerimiento no lo a hecho ni qui / so cumplir antes mandaba y ponia pena al dicho / alguacil que se fuese de alli y si no le llebara / a la carzel y el dicho alguazil y procurador general de / ziendole e requeriendole hiçiese e cumpliese lo / arriba dicho con protestación que le azian que fuese / tenido y obligado a todas las costas e deudas entere / ses que por la dicha razon y de no lo cumplir se / causasen y recresçiesen y lo firmaron de sus nombre y / pedieren a mi el escrivano se lo diese ansi por fee y testimonio / y a los presentes le fuesen testigos presentes el regidor Adan Dias / Teixeiro y Antonio Basques y otros e Antonyo de Parres / e Martiño de Seyoso e Domingo Nobel fueron testigos //

Fernan Perez carpintero digo que yo por mandado / de vuesas merçedes hice en la alondiga la obra que / fue poner unos pontones para poner el pes / cado en ellos y puse quatro pontones dos para col / gar el pescado en los clabos que en ellos estan y dos / para soleras para el antepecho de la escalera / que balian çinco reales y puse media docena de ta / bla para la escalera y para otras cosas que estaban /  por aderezar y un real de clabos y seis reales / de mi persona y por cada uno dos reales y medio que son / por todos diez y siete reales y soi pobre y tengo / neçesidad suplico a vuesas merçedes manmde se me / paguen luego para ello me manden dar libran / ça para ello 






[1] AHM, C.2222, L.587

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