NOTAS DEL MONDOÑEDO RENACENTISTA Intento de organización de las panaderias 1588

Panadera S. XVI, del libro de oficios de Nuremberg



         El oficio del procesado de la harina de trigo, mijo o centeno para convertirla en pan, parece que era uno de los reservados a las mujeres, y de ello tenemos noticia desde los primeros instrumentos que aparecen en los libros de consistorio a mediados del S. XVI. Igualmente, a estas alturas de nuestro estudio, sabemos donde se guardaban las reservas de cereal, en la alhóndiga y en momentos de carestía, en viviendas privadas, y que tipo de pan se horneaba. De ello ya hemos hablado en otro artículo. Sin embargo no se nos ha precisado en ningún momento cual era el orden de producción y abastecimiento, al revés de lo que sucede con otros oficios necesarios para cubrir las necesidades de la ciudad, como las carnicerías, cuyo aprovechamiento y reglamentación aparece detallado cada año.  
         Por notas sueltas sabemos que las panaderas disponían sus puestos de venta donde luego se construirían las casas de consistorio, y aún con ellas terminadas se les mantiene este espacio bajo porticado para su uso en días de mercado. Sin embargo las normas para que una u otra panadera tomase la encomienda de surtir de pan a la ciudad no aparecen, solo podemos ver en esta entrada, tachada por cierto, algunas ideas que parten de las quejas del regimiento sobre la calidad y limpieza del pan. En esta entrada podemos ver como se presentan todas las candidatas posibles ofreciendo cuanto pan podrían sacar del horno al mes.
         Por otro lado nos parece entender, (el documento no es demasiado claro la verdad), que algunos hornos eran de aparcería, como sucedía con la mayoría de los molinos, pues una de las panaderas se queja que no puede abastecer la cantidad de pan que se le requiere por no poder ocupar el horno todo el tiempo necesario.
         En la mayoría de los oficios de interés común existía un obligado, que obtenía el monopolio de este,  bajo una serie de condiciones,  en subasta pública, en la entrada que transcribimos da la sensación de que se intenta implantar este sistema para las panaderas, aunque al verla tachada debemos suponer que se consideró invalidada y se continuó con otro, mas basado en la costumbre que en los contratos jurados. 



23-XII-1588

En este consitorio se trato de que las panaderas del pan de trigo no proveían de pan / cozido en la plaza de mas que no lo hazian bueno y de a ocho meses abiendo se les mandado / lo hiziesen de a quatro meses y demas dello avian algunas panaderas pobres y no limpias / ni que a ello conbenian para el dicho hefeto acordaron de hescoger algunas mugeres hon / radas y mimpias que puedan cozer y prover la plaza por lo menos cada una de dos / çelemines cada semana y asi para ello hizieron paresçer ante si las panaderias mas / limpias e honradas y que podian prover y que avaxo estan declaradas para ver si / querian açetar y ofresçerse a lo suso dicho y que cantidad cada uno podia coçer a ca / da semana y sobre ello Juande Arael portero de consistorio demandado (+-2) / (+-1) compareció a las panaderas siguientes /
Maria Diaz muger de Fernan de Losada se ofresçio a coçer cada semana dos çelemines de / trigo para la panaderia pero que no podia cozerlo todo de a quatro meses por ocupar el horno que era a la / mytad de a quatro e mytad de a ocho sin enbargo se le mando lo aga todo de a quatro meses /
Maria de Vaamonde muger de Domingo Lopez Selban dos anegas cada semana e que lo açia de a / quatro meses /
Juan de Arael por su muger dos çelemines de trigo mandosele lo aga de a quatro meses a lo qual / se ofresçio /
Dominga Lopez muger de Andres Fernandes dos anegas de trigo cada semana y venderlo en la / panaderia y de a quatro meses /
Antonia Garçia muger de Pero de Estela sastre dos anegas de trigo cada semana y para la panaderia / e de a quatro meses /
Ynes Fernandes muger de Juan de Cabaneiro dos anegas de trigo cada semana y como arriba se dise /
Maria Fernandes muger de Juan Perez des çelemines cada semana según y como de arriba /
Maria Fernandes muger de Pero Ares Teixeiro dos anegas de trigo cada semana según arriba se dise /
Maria Diaz muger de Juan de Dia dos çelemines según arriba se diçe




 

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