Diferencias entre el cavildo, el obispo y la ciudad. S. XVI


Rejas del coro, obra del cavildo en tiempos del obispo Fray Francisco de Santamaría

 Para quienes han seguido mis entradas en este blog, labor que reconozco de gran mérito, no será noticia extraña la pugna constante que se da durante los primeros años post medievales entre la iglesia y el regimiento civil en nuestra ciudad. Regularmente la vemos reflejada en los carcelaxes y en la intendencia de presos entre la cárcel de su señoría y la del concejo, además el poder temporal de la ciudad, en manos del obispo desde su concepción, disponía de herramientas para, de un modo u otro, imponer su posición en la mayoría de los pleitos librados con la república mindoniense. (entendamos república con su significado medieval, res publica, es decir la "cosa pública" : el bien común)
Dentro de los muros del templo y del palacio, el obispo y su cabildo estaban organizados como cualquier entidad de control civil, la justicia y procuradoría de su cabeza la desempeñaba el provisor, y en torno a el circulaban una importante escuadra de cargos que se encargaban de administrar los feudos eclesiásticos.
Estos solían entrelazarse con los civiles, de reciente y afortunada creación, por lo que el obispo se había asegurado en las ordenanzas municipales de finales del S. XV cierto control y presentación de los principales cargos del propio regimiento municipal de la ciudad. Por un lado el alcalde mayor era cargo de designio directo de su señoría, y en varias ocasiones se le reconoce como mayordomo de este al que se le deben reclamar casos que atañan directamente al obispo.
Los alcaldes ordinarios, uno o dos, dependiendo del momento, debían ser confirmados por el obispo de entre dos nombres elegidos por el regimiento, al igual que pasaba con los regidores que además eran de cumplimiento perpetuo.
A la defunción de un regidor, su cargo era presentado a su señoría como bacante junto con dos nombres para que de ellos eligiese el que mas convenía para servicio de Dios, su majestad, suyo y de la república.
Por otro lado el rey se había reservado el derecho de control sobre los obispos de sus reinos teniéndolos como caballeros de su real consejo, una forma de pleitesía de raíz medieval que aseguraba el cumplimiento de las provisiones reales, realmente una rama más del cesaropapismo imperante en estos tiempos.
Puede que sea algo menos conocida la relación que existía entre el obispo y su cabildo, el obispo era presentado por el rey y confirmado por el Papa, mutaba cada tiempo y en multitud de ocasiones apenas podía hacerse cargo de su silla en persona; el cabildo sin embargo era permanente solo se alteraba por defunción o por falta mayor lo que lo convertía en un instrumento de poder más cercano y por lo tanto, mas temido y odiado.
Este será el caso del obispo que aparece como primero en los libros de consistorio que conservamos, Fray Francisco de Santamaría Benavides. Propuesto por don Carlos, el emperador, habría pasado buena parte del inicio de su mandato en Trento, atendiendo requerimientos de su señor temporal en el santo concilio.
Cuando es reclamado para debatir en el,  vemos como el cabildo no le facilita precisamente los medios necesarios para su viaje, más bien recela en entregarle el capello, fondos que recibía cada obispo al hacerse cargo de su silla, y ni siquiera consta que le prestase dineros algunos para su estadía. Realmente es comprensible que los cargos del cabildo considerasen una ventaja tener la sede bacante, u ocupada pero ausente, como sería el caso, pues de este modo podrían actuar a su antojo. Mientras su obispo pasaba necesidades en el cumplimiento de su labor real, el cabildo está más preocupado en completar ciertas obras que terminarían de engalanar la catedral como la reja del coro. De este modo algunos obispos serán, por decirlo de algún modo, más mindonienses que otros.
De igual modo vemos la relación entre la ciudad y el cabildo, desigual y dependiente siempre de la palabra del obispo o su provisor. Por lo general el obispo acepta los cambios que decide el cabildo sin poner demasiadas objeciones, entre otras cosas porque suele evitar conflictos con este dada la temporalidad de su cargo. Durante el de Fray Francisco nos encontramos con diferentes abusos por parte del cabildo, reducción de misas de aniversario que aunque pagadas, en muchos casos a perpetuidad, se limitan a menos de la mitad; control del uso de la campana que antes estaba en manos tanto de la ciudad como de la catedral y aumento de tasas para enterramientos ad sanctos.
En la nota que transcribimos en esta entrada vemos como una representación de dos canónigos acude al consistorio para reclamar remedio de algunas situaciones que consideran competencia de la ciudad, en concreto el cuidado de los montes de la ciudad, el precio de los cueros y la provisión de vino.
La respuesta es de una franqueza y concreción interesante, se les conmina a abandonar la sesión prometiendo se tomará la decisión  que más acomode al servicio de Dios y de la república. Acto seguido el regimiento designa al alcalde mayor y un regidor para que se comuniquen directamente con su señoría no sin perder la oportunidad de reclamar remedio para diferentes desacuerdos con el cabildo que estaban sucediendo en el momento.
Este recurso de amparo ante el obispo denota la poca o ninguna confianza que se tenía en el cabildo, y es un dato interesante para conocer un poco mejor las intrigas de poder propias de estos primeros años del mundo moderno en nuestra ciudad.


En la çiudad de Mondoñedo a veinte e seis dias del mes / de diziembre de mill y quinientos e çincoenta / e tres años estando en consistorio en las casas / de sonsistorio segun que lo an de costunbre llabados / y congregados por son de canpana tañipa los / muy nobles señores liçenciado Salgado alcalde mayor / Juan de Luazes alcalde hordinario e Pero Fernandes Thomas / Juan lopez de Prabeo Juan Abad Luis de Luazes / regidores Ferna Dares procurador general /

cavildo ojo

como <de> parte del / cavildo se propuso / çiertas cosas tocantes / a las fragas çapatos / y calçado / y otras cosas /

En este consistorio paresçieron los señores Pero Basques / e Pero Gonçalez canonigos desta iglesia e / propusieron de parte del cavildo / que sus merçedes diesen horden como se gaurdasen / los montes y fragas desta çiudad que / maliçiosamente destruyan e cortaban / asy mesmo diesen horden e manera / como se guardasen las hordenanças que en esta çiudad / se hizieron sobre los çapatos y calçado a / tento que los çapateron abian encaresçido / en gran suma y quantidad los çapatos / y calçado asy mesmo sobre la pro / bision del vyno de Orense hiziesen // PB175445 //

sobre el vino

como Juan Martinez Barcal que hera obligado diese vuen / vyno por quanto no probeya de vuen vyno / como hera obligado e sobre el obiesen e probeyesen / justiçia como obiese vuen bastimento en esta / çibdad /

lo mesmo

los dichos señores justiçia e regidores dixeron / que los oyan e abrian su acuerdo e probeerian / lo que mejor les paresçiese que cumplia al serviçio de Dios / nuestro señor e les mandaron salir con esta respuesta de consistorio / los quales se fueron con ella /

sobre / lo mesmo (...) abia / (...) procuradores que diesen / (...) su señoria ba / (...) dicho / (...) por / (...) cavildo /

e luego los dichos señores justiçia e regidores nonbraron / a los señores liçenciado Salgado alcalde mayor e Juan Lopez / de Prabeo regidores para que de lo suso dicho fuesen / dar parte a su señoria del señor don Francisco de Santamaria / obispo desta çibdad e obispado e proponer todo ello / para que con su señoria obiesen su acuerdo e se hiziese e / efectuase lo suso dicho ante ellos propuesto por / parte del dicho cavildo como mejor fuese serviçio de / Dios nuestro señor y bien de la republica /


sobre lo / mesmo /

otrosi cometieron propusieron a su señoria / como los señores del cavildo y sacristan / les ynpidian el monto y cobertura / que solian dar para los defuntos e otras inpo / siçiones sobre el tañer las canpanas / a los defuntos e hachas e çera que les toman / e otras ynposiçiones que les ponen nueba / mente para que su señoria lo bea e lo remedie / e todo lo demas que nuebamente el dicho cavildo a puesto / nuevamente sobre las mysas e otras cosas e todo lo / demas questa acaesçiendo e sobre la ferreria que (+-1) //





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